El acceso a la información pública es una garantía individual prevista por el artículo 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el que se incorporó en su último párrafo: "El Estado garantizará el derecho a la información", que se traduce en el derecho concreto y directo que tiene todo mexicano para recibir de su autoridad toda la información que la actividad pública formule, produzca, procese, administre, archive y resguarde, salvo los casos específicos previstos por la ley como información clasificada. A pesar de ser esta garantía un derecho fundamental para la consolidación de un estado democrático, en el que impera la transparencia y la rendición de cuentas. |